FRES

El cumplimiento,
claro y a su medida.

Empresas, asociaciones, centros y administraciones públicas: le ayudamos a aplicar el RGPD y el AI ACT con un asesoramiento claro, documentos concretos y un acompañamiento cercano.

  • RGPDProtección de datos personales
  • AI ACTReglamento europeo de inteligencia artificial
  • FormaciónSensibilización de equipos y directivos

Nuestro enfoque

El cumplimiento solo tiene valor si se entiende y se aplica.

Partimos de su funcionamiento real, fijamos prioridades realistas y elaboramos documentos que sus equipos utilizan a diario.

Pragmatismo

Una organización de diez personas no tiene los medios de un gran grupo. Nuestras recomendaciones se adaptan a su tamaño.

Continuidad

Un equipo de dos que conoce su organización y está disponible, también en situaciones urgentes.

Equipo

Dos expertas, una misma visión

AUREACT es el encuentro de dos expertas en derecho, protección de datos y retos digitales, unidas por una misma visión: hacer que el cumplimiento sea más sencillo, más concreto y realmente útil para las organizaciones. Intervenimos en derecho francés y en derecho español de protección de datos.

Pauline

Jurista · DPD certificada · Formadora

Jurista especializada en derecho digital, Pauline acompaña desde hace años a organismos públicos y privados en su adecuación normativa. Su enfoque combina conocimiento jurídico, dominio operativo del RGPD y acompañamiento en los nuevos retos de la inteligencia artificial.

Laura

Jurista · DPD certificada · Trilingüe

Abogada de formación, Laura trabaja desde hace años en el ámbito de la protección de datos y cuenta con competencias en derecho digital español, en particular en la LOPDGDD. Su trayectoria jurídica e internacional le permite acompañar a las organizaciones en sus cuestiones de cumplimiento, también en contextos internacionales.

AUREACT nace del encuentro de nuestras dos trayectorias, nuestras experiencias y nuestras miradas. Trabajamos juntas en cada expediente: contrastamos nuestros análisis y construimos soluciones adaptadas a la realidad de nuestros clientes.

Un sólido conocimiento jurídico, un enfoque muy operativo y, sobre todo, dos cabezas dedicadas a sus proyectos.

Hablar de cumplimiento con sencillez. Sin tecnicismos innecesarios ni soluciones estandarizadas, sino con consejos claros, herramientas concretas y un acompañamiento cercano.

Dos expertas. Dos trayectorias.
Una misma exigencia.

Lo esencial

Lo que la normativa espera de usted

Seis obligaciones que afectan a todas las organizaciones, sea cual sea su tamaño.

  1. Llevar un registro

    El registro de actividades de tratamiento recoge lo que hace con los datos personales. Es el primer documento que solicita la autoridad de control (la CNIL en Francia, la AEPD en España) en una inspección.

  2. Informar y responder

    Clientes, empleados, candidatos, usuarios: cada persona debe saber qué ocurre con sus datos y obtener respuesta a sus solicitudes en el plazo de un mes.

  3. Regular a sus proveedores

    Editores de software, proveedores de alojamiento, servicios informáticos: todo proveedor que acceda a sus datos debe estar vinculado por un contrato conforme al RGPD, también cuando los datos son accesibles fuera de la Unión Europea.

  4. Limitar la conservación

    Un dato no se guarda «por si acaso». Cada categoría tiene su plazo, que hay que fijar y después aplicar en sus herramientas.

  5. Proteger y reaccionar

    Accesos, contraseñas, copias de seguridad: las medidas deben ser proporcionales al riesgo. Una brecha de datos que suponga un riesgo debe notificarse a la autoridad de control en 72 horas.

  6. Controlar el uso de la IA

    El AI ACT prohíbe determinadas prácticas, regula estrictamente los usos de alto riesgo, como la selección de candidaturas, y exige acompañar a los equipos que utilizan estas herramientas.

Nuestros servicios

Tres formas de trabajar juntos

Cada servicio puede contratarse por separado o encadenarse con los siguientes. La mayoría de nuestros clientes empieza por un diagnóstico.

Diagnóstico

Saber dónde se encuentra.

Entrevistas con la dirección y los equipos, revisión de su software, sus contratos y sus usos de la IA. Identificamos lo que ya está implantado y lo que realmente falta.

Lo que recibe

  • Mapa de sus tratamientos
  • Informe de brechas clasificado por nivel de riesgo
  • Plan de acción priorizado
  • Presentación oral a la dirección

Adecuación normativa

Documentos a su medida.

Cada documento se elabora a partir de sus prácticas, nunca copiado de un modelo, y se presenta a los equipos que lo utilizarán. Usted conserva su propiedad.

Lo que recibe

  • Registro de actividades de tratamiento
  • Política de protección de datos y cláusulas informativas
  • Revisión y negociación de los contratos con sus proveedores
  • Procedimientos: derechos de las personas, brechas de datos, plazos de conservación
  • Evaluaciones de impacto
  • Política de uso de los sistemas informáticos y de la IA

DPD externo

Un delegado a su lado, sin necesidad de contratar.

El DPD asesora, supervisa y actúa como punto de contacto para los interesados y para la autoridad de control. Confiar la función a una firma externa garantiza la independencia que exige el reglamento.

Nuestras funciones

  • Comunicación de la designación a la autoridad de control
  • Respuesta a las solicitudes de ejercicio de derechos
  • Asesoramiento sobre sus proyectos y herramientas
  • Mantenimiento del registro y seguimiento normativo
  • Asistencia en caso de brecha o de inspección
  • Informe anual presentado a la dirección

Conviene saber. La designación de un DPD es obligatoria para los organismos públicos y para las entidades cuya actividad principal implique una observación habitual y sistemática de personas a gran escala, o el tratamiento a gran escala de datos sensibles (artículo 37 del RGPD). En España, el artículo 34 de la LOPDGDD enumera además una serie de entidades obligadas.

Inteligencia artificial y formación

Herramientas bajo control, equipos preparados

Usar la IA sin exponer sus datos

Asistentes conversacionales, software de selección, herramientas de redacción: la IA llega a todos los oficios. El RGPD se aplica a cada dato introducido, y el AI ACT añade sus propias obligaciones, que entran en vigor por fases desde 2025.

  • Inventario de herramientas y usos, incluidos los informales
  • Análisis de las herramientas: flujos de datos, configuración, contratos
  • Clasificación conforme al AI ACT, en particular en selección de personal
  • Política de uso breve y aplicable

Dar a sus equipos los reflejos adecuados

La mayoría de los incidentes nacen de un error humano: un correo mal dirigido, un archivo compartido en exceso, una contraseña reutilizada. La formación sigue siendo la medida más eficaz.

  • Sensibilización de empleados y voluntarios
  • Talleres por área: recursos humanos, comercial, atención al público, equipos de campo
  • Formación de directivos
  • Alfabetización en inteligencia artificial

Sectores

Normas comunes, realidades distintas

Adaptamos nuestro asesoramiento a su actividad, a su público y a sus herramientas.

  • Empresas

    Pymes y medianas empresas, consultoras y empresas de servicios, editores de software, empresas de selección, comités de empresa.

  • Asociaciones

    Asociaciones y fundaciones, centros y servicios sociales y sociosanitarios, entidades de inserción laboral.

  • Salud e investigación

    Centros sanitarios, investigación clínica, servicios de prevención y salud laboral, mutuas.

  • Sector público

    Administraciones locales, organismos públicos, servicios de emergencias.

Preguntas

Las preguntas más frecuentes

¿Tiene otra pregunta? Escríbanos y le responderemos personalmente.

Escribirnos
¿Estamos obligados a designar un DPD?

Sí, si es un organismo público, sea cual sea su tamaño. También si su actividad principal implica una observación habitual y sistemática de personas a gran escala, o el tratamiento a gran escala de datos sensibles, como los de salud. En España, la LOPDGDD añade una lista de entidades obligadas, como los centros sanitarios o los centros docentes. En los demás casos, la designación sigue siendo posible y a menudo útil. Lo analizamos con usted desde el primer contacto.

Somos una organización pequeña: ¿de verdad se nos aplica el RGPD?

Sí, desde el momento en que trata datos personales. Aun así, las obligaciones son proporcionales a su tamaño y a los riesgos: construimos con usted un plan realista, a la medida de sus medios.

¿El diagnóstico nos va a dejar en evidencia?

No. Sirve para ayudarle, no para juzgarle. El informe es confidencial, le pertenece y está redactado para que lo entienda cualquier persona, sin formación jurídica.

Somos encargados del tratamiento: ¿se nos aplica el RGPD?

Sí. Editor de software, proveedor de alojamiento, servicios informáticos, gestoría de nóminas, agencia de marketing: en cuanto trata datos por cuenta de un cliente, usted es encargado del tratamiento y el RGPD le impone obligaciones propias. Debe actuar únicamente siguiendo las instrucciones documentadas de su cliente, garantizar la confidencialidad y la seguridad de los datos, llevar un registro de los tratamientos realizados por cuenta de sus clientes, notificarle cualquier brecha de datos sin dilación indebida, ayudarle a atender las solicitudes de los interesados, recurrir a otro encargado solo con su autorización, y suprimir o devolver los datos al final del contrato. La autoridad de control puede sancionar directamente a un encargado. Además, sus clientes están obligados a elegir proveedores que ofrezcan garantías suficientes: poder demostrar su cumplimiento es también un argumento comercial.

¿Los datos seudonimizados son anónimos?

No, y la confusión es frecuente. Seudonimizar consiste en sustituir lo que identifica directamente a una persona, como su nombre, por un código: con información adicional, todavía se puede identificar a la persona. Los datos siguen siendo personales y el RGPD se aplica. Anonimizar, en cambio, hace imposible cualquier reidentificación, de forma irreversible y por cualquier medio razonable: solo esos datos quedan fuera del RGPD. Eliminar el nombre y los apellidos de un archivo casi nunca basta para anonimizarlo.

Nuestro software en la nube es estadounidense: ¿es un problema?

No necesariamente. Hace falta un contrato conforme al RGPD con el proveedor y, cuando los datos son accesibles fuera de la Unión Europea, una base jurídica para esa transferencia. Realizamos este análisis con usted, herramienta por herramienta.

Nuestros equipos usan ChatGPT: ¿hay que prohibirlo?

No necesariamente, pero hace falta un marco: qué herramientas están autorizadas, qué datos no deben introducirse nunca, qué configuración activar. Una prohibición sin alternativa suele empujar a usos ocultos, más arriesgados.

¿El DPD es responsable en caso de incumplimiento?

No. Su organización, como responsable del tratamiento, sigue siendo la responsable. El DPD asesora, alerta y supervisa, pero no decide en su lugar.

Contact

Hablemos de su situación

Bastan unas líneas sobre su organización y su consulta. Le responderemos personalmente, sin compromiso.

Dirección
47 rue Vivienne, 75002 París (Francia)
Intervenciones
En Francia y en España

AUREACT trata sus datos para responder a su solicitud y, salvo que usted se oponga, para enviarle información sobre sus servicios. Puede oponerse en cualquier momento escribiéndonos. Los campos marcados con un asterisco son obligatorios. Para saber más sobre el tratamiento de sus datos y ejercer sus derechos, consulte nuestra política de privacidad.